Principios de la UTLCC del Gobierno Autónomo Departamental de Pando
Principios de la UTLCC
La Unidad de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción basará sus funciones en los siguientes principios:
Ético: Entendido como la norma de conducta, compromiso efectivo y base de los actos de las servidoras y servidores públicos de la Unidad de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción.
Independencia: La Unidad de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción es independiente en su accionar, dejando de lado toda injerencia jerárquica en la toma de sus decisiones y el ejercicio de sus funciones.
Legalidad: La Unidad de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción enmarca su accionar en la Constitución Política del Estado y disposiciones legales vigentes.
Presunción de Legitimidad: Las actuaciones de la Unidad de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción en base al principio de legalidad, se presumen legítimas, salvo declaración judicial en contrario.
Igualdad: La Unidad de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción actúa sin distinción de jerarquía o condición política, social y/o económica, otorgando trato equitativo a servidoras y servidores públicos en específico y a la población en general.
Impulso de Oficio: La Unidad de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción debe impulsar de oficio todos los casos que sean puestos a su conocimiento, en los que medie el interés público.
Transparencia: La Unidad de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción debe ejecutar los actos del servicio público que ejerce de manera transparente, ello implica que dichos actos tienen en principio carácter público y son accesibles al conocimiento de toda persona natural o jurídica. El servidor público de la Unidad de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción debe de brindar y facilitar información fidedigna, completa y oportuna.
Celeridad: Los actos administrativos de la Unidad de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción se desarrollaran con economía, simplicidad y celeridad, evitando la realización de trámites, formalismos o diligencias innecesarias.
Ejercicio Adecuado del Cargo: Con motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones el servidor público de la Unidad de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción no debe adoptar represalia de ningún tipo o ejercer coacción alguna contra otros servidores públicos u otras personas.
Competencia: Las funciones desempeñadas por la Unidad de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción serán las estrictamente señaladas por la ley y reglamento, no debe arrogarse competencias que se encuentren establecidas para otra unidad, instancia u órgano.
Eficiencia: Como Unidad encargada de Transparentar la Gestión del Gobierno Autónomo Departamental de Pando, el cumplimiento de los objetivos y de las metas trazadas deben darse optimizando los recursos disponibles oportunamente.
Eficacia: La Unidad de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción debe alcanzar los resultados programados y asegurarse que los mismos logren un impacto positivo dentro de su institución o entidad y hacia la sociedad.
Honestidad: La Unidad de Transparencia velará que el actuar de los servidores públicos y de la misma Unidad sea en el marco de la verdad, transparencia y justicia.
Responsabilidad: La Unidad de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción debe hacer un esfuerzo honesto por el cumplimiento de sus deberes y deberán asumir las consecuencias de los actos y omisiones en el desempeño de sus funciones.
Objetividad: La Unidad de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción en el desempeño de sus funciones tomará en cuenta las circunstancias que sirvan tanto para probar la participación de un funcionario en hechos de corrupción como para eximirlo de responsabilidad.
Coordinación: Todas y cada una de las unidades, áreas y dependencias sin importar el nivel jerárquico, coordinarán con la Unidad de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción las labores a realizarse para la implementación de los cuatro componentes de acceso a la información, ética pública, control social y rendición pública de cuentas, al interior de la Institución.
Complementariedad: Transparentar la gestión pública es tarea de toda la institución, por lo que todas y cada una de las unidades, áreas y dependencias sin importar el nivel jerárquico, deben complementar y dar insumos a la Unidad de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción para el logro de sus objetivos, ya que ésta Unidad reflejará al exterior de la Institución la labor que se articula en su interior, siendo un nexo entre la Institución y la ciudadanía.
Buena Fe: En relación de los particulares con la Administración Pública se presume el principio de buena fe. La confianza, la cooperación y la lealtad en la actuación de los servidores públicos y de los ciudadanos.
Imparcialidad: Las autoridades administrativas actuaran en defensa del interés general, evitando todo género de discriminación o diferencia entre los administrados.
Proporcionalidad: Las autoridades administrativas deberán asegurar la supremacía del contenido de las normas relativos a derechos fundamentales frente a la necesaria regulación legislativa
Cooperación institucional: Debe Trabajar de manera coordinada y bajo cooperación